Este Tribunal DECLARO EMBARGADO PREVENTIVAMENTE: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del salario que devenga el ciudadano GRET ALEXANDER PINEDA FIGUEROA, como trabajador para la Empresa de Construcción EDICONVIALZA, para satisfacer la Obligación de Manutención del niño BRIANT ALEXANDER PINEDA MERIÑO; B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de Horas Extras; C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año que le corresponden al ciudadano antes mencionado; D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las vacaciones o Bono Vacacional, correspondiente al demandado de autos; E) EL CIEN POR CIENTO (100%) de primas por hijos, útiles escolares y juguetes; F) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestaciones sociales, fideicomiso, caja de ahorros y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que pueda dar fin a la relación laboral.- Y ASÍ SE CONFIRMA. Quedando cumplida la misma.