se decreta medida de EMBARGO EJECUTIVO, sobre bienes muebles e inmuebles, semovientes, cantidades de dinero y cualquier bien que sea propiedad de la AGROPECUARIA LA AUXILIADORA, C.A, hasta cubrir la cantidad de SIETE MILLONES ONCE MIL NOVENTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES CON SESENTA Y SEIS CENTMOS DE BOLÍVARES (Bs. 7.011.094,66), que es el doble de la cantidad condenada a pagar por el Tribunal en la sentencia definitiva de (Bs 1.098.610,54), más la cantidad que ésta suma arrojo por concepto de ajuste inflacionario (indexación) realizado por el Banco Central de Venezuela Seccional Zulia. Asimismo si la medida recayera sobre cantidades de dinero será hasta cubrir la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS CINCO QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON TREINTA Y TRES CENTIMOS DE BOLÍVARES FUERTES (Bs. F 3.505.547,33) que es la suma adeudada. Déjense a salvo los derechos de terceros. En caso de que en el inmueble se encontrare un tercero, se servirá el comisionado no desalojarlo e identificarlo, indicando e.....