este Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA, al Registro principal y Registro Civil del Municipio Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, estampar la debida Nota Marginal en el Acta de Defunción del de cujus ANTONIO VILA AGUIÑO, a fin de que se transcriba correctamente su lugar de nacimiento . Así se Decide.-