V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones expresamente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la oposición hecha por la parte demandada, ciudadanos TRINA MERCEDES RAMOS DE CASTILLO y ROBERTO JOSE CASTILLO, a la fijación del lindero provisional que hiciera el Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en fecha 06.06.2008 y consecuencialmente, se deja sin efecto el lindero provisional que fuera fijado.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de DESLINDE interpuesta por la ciudadana LOURDES VILLALBA SILVA en contra de los ciudadanos TRINA MERCEDES RAMOS DE CASTILLO y ROBERTO JOSE CASTILLO, ya identificados.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.....