Por los fundamentos antes vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente:
PRIMERO: EXTINGUIDO EL PROCESO que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuso el ciudadano ARECIO ANTONIO PULIDO MÁRQUEZ contra la sociedad mercantil OCCIDENTE WIRE LINE SERVICIOS C.A.
SEGUNDO: No hay especial condenatoria al pago de las costas procesales a las partes dada la naturaleza del fallo.