En consideración a lo expuesto este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GOMEZ, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: Sin lugar la representación que se atribuye el Dr. Francisco Balestrini Moronta, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.055 del ciudadano Daniel Josè Rodríguez Malaver, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.199.985, a los fines de su citación (folio 52).
SEGUNDO: En consecuencia a lo anterior se tiene como nulos las Cuestiones Previa presentada en escrito que esta inserto en los (folios 53 y 54).
TERCERO: Se prosigue la presente causa a los fines de la citación del Co-demandado Daniel Josè Rodríguez Malaver, de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil y se repone la causa a este estado (nombramiento del Defensor Judicial).
CUARTO: Por la naturaleza de la incidencia no h.....