DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:Se DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble presuntamente propiedad de la sociedad mercantil UGARTE, C.A., ya identificada como parte codemandada del presente asunto, y que se encuentra constituido por un edificio denominado COSTA DEL SOL y el lote de terreno sobre el cual se encuentra construido, ubicado en la ciudad de Maracaibo en la intersección de la Calle 81 y la Avenida 3Y. El edificio se encuentra construido sobre dos (02) lotes de terreno contiguo, los cuales forman una sola unidad, tienen una superficie aproximada total de UN MIL QUINIENTOS CUATRO METROS
CUADRADOS (1.504 mts2), y se hallan comprendidos dentro de los siguientes linderos, a saber: NORTE: que es su.....