DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
1) La HOMOLOGACIÓN, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada, al convenimiento celebrado entre la parte demandante EVELYN BRACHO AÑEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.446.278 y domiciliada en esta ciudad de Maracaibo Municipio autónomo del Estado Zulia, asistida por el abogado, JUAN CARLOS BRACHO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº. 188.742, domiciliado en esta ciudad de Maracaibo Municipio autónomo del Estado Zulia, y la parte demandada Sociedad Mercantil Creditazo. C.A., represen.....