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Decisiones del dia 22/06/2016

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
Paginas 1 2 Sig [Total de sentencias: 11] Página 1 de 2
N° Expediente : 13867 N° Sentencia : Fecha: 22/06/2016
Procedimiento:
Reivindicación
Partes:
PARTE DEMANDANTE: ORANGEL ANTONIO CASTILLO MATA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-10.839.246 Y DE ESTE DOMICILIO. APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: CLEOTILDE R. GONZÁLEZ, INPREABOGADO Nº 27.310 PARTE DEMANDADA ALEXAIDA DEL VALLE RINCONES CONTRERAS, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-17.721.021 Y DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
UNICA Establece el artículo 267 del código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la Perención". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de Derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere de inactividad de las partes en el transcurso de un (01) año; esta inactividad estará referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar los actos de procedimiento no los realizan. La Jurisprudencia Nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de éstas entraña una renuncia a c.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 14829 N° Sentencia : Fecha: 22/06/2016
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato, Daños Y Perjuicios
Partes:
PARTE DEMANDANTE: ORLANDO ANTONIO BOTTINI MARÍN, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-1.853.826 Y DE ESTE DOMICILIO. APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: MÁXIMO BURGUILLOS, INPREABOGADO Nº 51.129, SEGÚN CONSTA DE PODER APUD ACTA INSERTO AL FOLIO 57 DEL PRESENTE EXPEDIENTE. PARTE DEMANDADA SOCIEDAD MERCANTIL MIKIA; C. A., DEBIDAMENTE INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO MONAGAS, BAJO EL Nº 78, TOMO A-2 EN FECHA 27 DE ABRIL
Resumen:
UNICA Establece el artículo 267 del código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la Perención". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de Derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere de inactividad de las partes en el transcurso de un (01) año; esta inactividad estará referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar los actos de procedimiento no los realizan. La Jurisprudencia Nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de éstas entraña una renuncia a c.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 14300 N° Sentencia : Fecha: 22/06/2016
Procedimiento:
Interdicto De Obra Vieja
Partes:
DEMANDANTE: RAIMUNDO RAFAEL RAFFO MALAVE, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. 4.335.475, DOMICILIADA EN LA CALLE BOLIVIA, SECTOR LAS CAYENAS, PARCELA NRO. 438, EN EL CAMPO OBRERO DE CARIPITO, DEL MUNICIPIO BOLÍVAR, DEL ESTADO MONAGAS. APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: EDUARDO JOSE RAFFO GIL, VENEZOLANO, ABOGADO EN EJERCICIO, INSCRITA EN EL I.P.S.A. 132.388, CON DOMICILIO PROCESAL EN LA AVENIDA MIRANDA, SECTOR EL RINCÓN, CASA NRO. 213, CARIPITO, ESTADO MON
Resumen:
UNICA Establece el artículo 267 del código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la Perención". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de Derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere de inactividad de las partes en el transcurso de un (01) año; esta inactividad estará referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar los actos de procedimiento no los realizan. La Jurisprudencia Nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de éstas entraña una renuncia a cont.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 14250 N° Sentencia : Fecha: 22/06/2016
Procedimiento:
Impugnacion De Paternidad
Partes:
DEMANDANTE: .- FANNY DEL VALLE HARRERA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 6.921.669, DE ESTE DOMICILIO. APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: FREDDY ALBERTO CAMPOS E INES MARTINEZ, ABOGADOS EN EJERCICIO E INSCRITOS EN EL IPSA BAJO LOS NROS. 42.041 Y 96.755, DE ESTE DOMICILIO. DEMANDADO: ENRIQUE HERRERA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. V- 765.525, DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
UNICA Establece el artículo 267 del código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la Perención". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de Derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere de inactividad de las partes en el transcurso de un (01) año; esta inactividad estará referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar los actos de procedimiento no los realizan. La Jurisprudencia Nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 14830 N° Sentencia : Fecha: 22/06/2016
Procedimiento:
Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes:
PARTE DEMANDANTE: FERNANDO A. SÁNCHEZ GAMBOA, ABOGADO EN EJERCICIO INSCRITO EN INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL Nº 15.985, EN SU CARÁCTER DE ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN DEL CIUDADANO JOSÉ GONZÁLEZ L., VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-510.751 Y DE ESTE DOMICILIO. PARTE DEMANDADA SOCIEDAD MERCANTIL GRUPO KARIWACHA, C. A., INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, EN FECHA 12 DE JUNIO 2007, BAJO EL N
Resumen:
UNICA Establece el artículo 267 del código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la Perención". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de Derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere de inactividad de las partes en el transcurso de un (01) año; esta inactividad estará referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar los actos de procedimiento no los realizan. La Jurisprudencia Nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de éstas entraña una renuncia a c.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 13669 N° Sentencia : Fecha: 22/06/2016
Procedimiento:
Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes:
PARTE DEMANDANTE: ISARIS MAGDALENA MARTÍNEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-5.399.605 Y DE ESTE DOMICILIO. ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: FERNANDO CHACÍN MEDINA, INPREABOGADO Nº 76.783 PARTE DEMANDADA RODOLFO JOSÉ GIL, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-8.377.685 Y DE ESTE DOMICILIO
Resumen:
UNICA Establece el artículo 267 del código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la Perención". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de Derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere de inactividad de las partes en el transcurso de un (01) año; esta inactividad estará referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar los actos de procedimiento no los realizan. La Jurisprudencia Nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de éstas entraña una renuncia a c.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 13723 N° Sentencia : Fecha: 22/06/2016
Procedimiento:
Interdicto Por Despojo
Partes:
PARTE DEMANDANTE: EMELINA CARRILLO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-9.282.579 Y DE ESTE DOMICILIO. ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSÉ TOMAS BARRIOS MEDINA, INPREABOGADO Nº 2.914 PARTE DEMANDADA MILITZA ROMERO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-17.242.252
Resumen:
UNICA Establece el artículo 267 del código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la Perención". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de Derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere de inactividad de las partes en el transcurso de un (01) año; esta inactividad estará referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar los actos de procedimiento no los realizan. La Jurisprudencia Nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de éstas entraña una renuncia a c.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 13697 N° Sentencia : Fecha: 22/06/2016
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
DEMANDANTE: .- DARLING DEL CARMEN MILLAN GONZALEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 14.338.990, DE ESTE DOMICILIO. ABOGADA DE LA PARTE DEMANDANTE: VICTOR ACOSTA, ABOGADO EN EJERCICIO E INSCRITO EN EL IPSA BAJO EL NRO. 24.820, DE ESTE DOMICILIO. DEMANDADO: ELIAS JOSE ROJAS DIAZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. V- 20.918.148, DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
UNICA Establece el artículo 267 del código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la Perención". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de Derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere de inactividad de las partes en el transcurso de un (01) año; esta inactividad estará referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar los actos de procedimiento no los realizan. La Jurisprudencia Nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 14278 N° Sentencia : Fecha: 22/06/2016
Procedimiento:
Reivindicación
Partes:
DEMANDANTES: .-JOSE RAFAEL GUZMAN GUAIPO Y TEODORA GAZCON DE GUZMAN, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD N° 3.029.206 Y 277.568, DE ESTE DOMICILIO. APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: RAFAEL NARVAEZ TENIAS Y ROBINSON NARVAEZ RODRIGUEZ, ABOGADO EN EJERCICIO E INSCRITO EN EL IPSA BAJO EL NRO.4726 Y 59.874, DE ESTE DOMICILIO. DEMANDADO: JOSE MANUEL VIGIL GONZALEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. V- 5.142.843, DE ESTE DO
Resumen:
UNICA Establece el artículo 267 del código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la Perención". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de Derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere de inactividad de las partes en el transcurso de un (01) año; esta inactividad estará referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar los actos de procedimiento no los realizan. La Jurisprudencia Nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la pre.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 13669 N° Sentencia : Fecha: 22/06/2016
Procedimiento:
Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes:
PARTE DEMANDANTE: ISARIS MAGDALENA MARTÍNEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-5.399.605 Y DE ESTE DOMICILIO. ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: FERNANDO CHACÍN MEDINA, INPREABOGADO Nº 76.783 PARTE DEMANDADA RODOLFO JOSÉ GIL, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-8.377.685 Y DE ESTE DOMICILIO
Resumen:
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: perimida la instancia en el presente juicio, por cobro de bolívares (vía intimación), intentado por la ciudadana Isaris Magdalena Martínez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.399.605 y de este domicilio, por haber transcurrido en el caso de autos el lapso legal previsto para tales efectos, sin que conste de ellos la ejecución en ese período, de algún acto de procedimiento en el presente procedimiento. Publíquese, regístrese y déjese copia; notifíquese a las partes. Dado, Firmado y Sellado, en la Sala de Despacho Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mona.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
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