Vista la Transacción suscrita por las partes en la presente causa, y por las razones expuestas este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA la TRANSACCIÓN celebrada entre la ciudadana LUZ AMER BOHORQUEZ DE RODRÍGUEZ, obrando en representación de los niños LUZ ANGELY y JERWIL ENRIQUE RODRÍGUEZ BOHORQUEZ, en contra del ciudadano JENRRY ANTONIO RODRÍGUEZ VILCHEZ, dándole carácter de cosa juzgada y se imparte su aprobación con las siguientes modificaciones acordadas por este Tribunal, en atención al Interés Superior del Niño, establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes, en interés de los niños LUZ ANGELY y JERWIL ENRIQUE RODRÍGUEZ BOHORQUEZ: