III
DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA:
PRIMERO: Medida Cautelar de Prohibición De Enajenar y Gravar, sobre un bien inmueble, local comercial propiedad de la Sociedad Mercantil Inversiones Generales del Caribe, según documento debidamente Protocolizado por ante el Registro Público de los Municipios Santa Rita, Cabimas y Simón Bolívar, quedando protocolizado bajo el número 04, protocolo primero, tomo 3, primer trimestre del año 2023; identificado con número 31 ubicado en la planta alta del centro comercial costa este, en la Urbanización parcelamiento denominado Buena Vista, última etapa, en el Municipio Cabimas del estado Zulia; y posee una superficie de OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA DECIMETROS CU.....