DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el ciudadano DANILO JOSÉ RIOS RIVERA en contra de la Providencia Administrativa No. 00332/15 de fecha 07 de julio de 2015, dictada por la Inspectoría del Trabajo Sede "General Rafael Urdaneta" del Estado Zulia, mediante la cual se declaró Sin Lugar la solicitud de Reenganche, Pago de Salarios Caídos y beneficios de Ley a que hubiere lugar incoada en contra de la entidad de trabajo AUTO MOTRIZ YACARDAL, S.A.
SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD del Acto Administrativo de efectos particulares consistente en Providencia Administrativa No. 00332/15 de fecha 07 de julio de 2015, dictada por la Inspectoría del Trabajo Sed.....