Esta Juzgadora en uso de sus atribuciones legales queda en cuenta del contenido del mismo y ordena oficiar al Consejo Nacional Electoral y al Servicio Administrativo de Identificación, Migración Extranjería a los fines que suministren información a este Despacho del último domicilio de la ciudadana LEDDIG DEL VALLE AMUNDARAIN JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V-16.873.687. Asimismo se dicta MEDIDA DE COLOCACIÓN provisional de la niña "Cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA", en el hogar de la ciudadana ISABEL JOSEFINA COVA DE FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-9.300.982, conforme a lo establecido en el Artículo 466, Parágrafo Primero, literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Artículo 397-C de la citada Ley, debiendo indicársele a la referida ciudadana, la atribución que le está conferida conforme al Artículo.....