De conformidad con lo dispuesto en el literal i) del artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de Juicio de esta Sección de Adolescentes, a los fines de celebrarse la audiencia de juicio orla y privado al adolescente, IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES CALIFICADAS, previsto en el artículo 416 concatenado con lo dispuesto en el artículo 418, ambos del Código Penal, participación como co-autor.- TERCERO: MEDIDA CAUTELAR DE COMPARECENCIA A JUICIO: De conformidad con lo dispuesto en el literal g) del artículo 579, se acuerda ratificar la Medida Cautelar de presentación cada 30 días ante la Oficina de Alguacilazgo. CUARTO: INTIMACION A LAS PARTES: De conformidad con lo dispuesto en el literal (h) del artículo 579