Por los fundamentos ante expuestos, este Juzgado Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente causa.-
SEGUNDO: Declina su conocimiento al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.-