Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por los profesionales del Derecho MARCILA E PALMAR y ELOY ANTONIO GONZALEZ MEDINA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 273.524 y 158.497, respectivamente, en su carácter de defensores del ciudadano BRAYAN JOSE GONZALEZ GONZALEZ, (Indocumentado); contra la decisión N° 223-2022, de fecha 21 de Marzo de 2022, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual el referido Juzgado decretó entre otros, los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: decreta el SOBRESEIMIENTO del delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, conforme al artículo 300 numeral 2 del Código Orgánico Proces.....