DECISIÓN: DECLARA: 1) SIN LUGAR el recurso de apelación formulado por el progenitor recurrente. 2) CONFIRMA la sentencia de fecha 22 de enero de 2014, dictada por la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sede Maracaibo, a cargo de la Juez Unipersonal Nº 3, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la solicitud de fijación de residencia propuesta por el ciudadano PASCUAL ANTONIO MASTROIANNI GONZÁLEZ, y con lugar la reconvención propuesta por la ciudadana MARÍA CAROLINA CHIQUINQUIRÁ BASTARDO VILORIA, y concede autorización para cambiar el lugar de residencia del niño NOMBRE OMITIDO, al estado Anzoátegui de la República Bolivariana de Venezuela, en compañía de su progenitora; y fija Régimen de Convivencia Familiar, a los fines de garantizar la frecuentación entre el niño y su progenitor. 3) SUSPENDE la medida cautelar provisional dictada en fecha 7 de enero de 2013 por la Sala de Juicio del Tribunal de .....