Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de Falta de Cualidad Pasiva, invocada por la representación judicial de la parte demandada, por los razonamientos antes expuestos.
SEGUNDO: Extinguido el Proceso por la declaratoria CON LUGAR de la defensa perentoria de Falta de Legitimidad, sin que deban fijarse los Limites de la Controversia por la naturaleza extintiva de esta Decisión.
TERCERO: Se condena en costas a la parte actora por haber sido vencida totalmente en esta incidencia, todo ello de conformidad al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.