PRIMERO: Seguir la presente causa por los tramites del procedimiento ordinario, conforme a los artículos 551 y 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Decreta para el Adolescente Imputado (SE OMITE), contenida en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica Sobre la Protección del Niño y del Adolescente, relativa a la obligación del adolescente de presentarse por ante la Oficina de Trabajo Social los días Treinta (30) de cada mes comenzando su presentación el día Lunes (30) de Abril del 2007, medida ésta que se decreta mientras dure la investigación, y en consecuencia este Tribunal HACE CESAR la aprehensión policial del mencionado Adolescente Imputado y la entrega del mismo a su representante legal, quien se encuentra presente en este acto. TERCERO: Remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Trigésima Séptima del Ministerio Público, para la continuidad de la investigación, una vez vencido el lapso de ley. CUARTO: Se ordena expedir las .....