, conforme a lo establecido en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, decreta la medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el bien inmueble constituido por un apartamento identificado con el Nº 3, ubicado en la Planta baja del Edificio Residencias Labori, situado en la Calle Almirante Brion, Pampatar Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, con un área de aproximadamente de ochenta y tres metros cuadrados con noventa y tres centímetros cuadrados (83,93 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: con fachada norte del edificio; SUR: con pasillo interno del edificio y pasillo de circulación que le da acceso; ESTE: Con fachada Este del edificio; y OESTE: Con fachada Oeste del edificio. Tiene un área de patio o terraza cubierta de aproximadamente de veintisiete metros cuadrados con trecentímetros cuadrados (27,13 Mts2) que es de uso exclusivo del apartamento, y esta conformado por un nivel y consta de un (1) área de Cocina , lavadero, d.....