Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SEDE MARACAIBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REGULA LA COMPETENCIA, y DECLARA competente para seguir conociendo al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo, por ser competente en razón del territorio en la causa que dio origen a esta regulación, en juicio de modificación de custodia incoado por el ciudadano AHIMAN KALIL IBRAHIM SLEIMAN contra la ciudadana NESRIN EL NISR ATEF. Bájese este expediente en su oportunidad.