PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 38 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DESISTIDA, la recusación propuesta por el ciudadano Sandro Maria Grillini titular del Pasaporte Nº AA3950665, debidamente asistido por el Abg. Rodolfo Paredes Sambrano, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 237.929, en contra de la Jueza Temporal del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, Dra. Merlyn Prieto Velásquez.
SEGUNDO: Déjese copia certificada de la presente decisión, de conformidad a lo ordenado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y, en su oportunidad legal, remítase el presente expediente contentivo del cuaderno de recusación a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, a los fines de ser itinerado al Juzga.....