Consecuencialmente, este Jurisdicente Superior considera PROCEDENTE la solicitud de AMPLIACIÓN planteada por la representación judicial de la parte demandante en la presente causa, mediante diligencia de fecha 19 de marzo de 2012, con el ámbito de evitar dilaciones procesales, agilizar y desentrabar el procedimiento en aras de la celeridad de la administración de justicia; y por los fundamentos antes expuestos, QUEDA ASÍ AMPLIADA la decisión interlocutoria dictada por este Tribunal Superior en fecha 21 de diciembre de 2011, y por ende, téngase la presente ampliación como parte de dicha decisión. Y ASÍ SE DECIDE.