Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA DE ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara no ha lugar la solicitud de entrega de vehículo planteada por el ciudadano ANGEL URDANETA BONILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la C. I. N° 7.895.624 y residenciado en la avenida 26, casa 14-213, sector Bicentenario, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, y NIEGA la entrega del vehículo con las siguientes características: Marca Ford, Tipo Estaca, Clase Camión, Uso Carga, Serial Carrocería AJF3FM19526, Placas 983-PAW, Color Verde, por cuanto no se pudo establecer con certeza que el vehículo objeto de la presente causa, sea el mismo cuya entrega se solicita, estimándose indispensable el mismo, para la investigación del Ministerio Público. Todo .....