DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa llevada en contra del acusado quien en vida respondiera al nombre de MANUEL KENY MATA, titular de la cédula de identidad N° V-19.399.482; ello de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 48, en concordancia con el artículo 322 ambos del Código Orgánico Procesal Penal; por encontrarse extinguida la acción penal, dada la certificación de su muerte.