Seguidamente el tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente secuestrados los vehículos señalados y descritos con anterioridad. Igualmente procede en este acto a tomarle el juramento de Ley a la ciudadana DEYALID CHIQUINQUIRA BARRERA RUIZ, titular de la cedula de identidad Nº V-8.699.070, en su carácter de Presidenta encargada de la SOCIEDAD MERCANTIL CONTRATISTA COQUIVACOA, designada por el juzgado de la causa como secuestrataria, de los vehículos legalmente secuestrados en este acto, de la siguiente manera: ¿Jura usted cumplir con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona? Contesto ¿Si lo juro¿. Seguidamente el tribunal hace entrega de los bienes legalmente secuestrados en este acto a la representante legal de la secuestrataria, quien manifestó recibirlos conforme en nombre de su representada. En este estado la apoderada actora, ya identificada, expuso: Pido al tribunal se sirva expedirme .....