Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, de la Sección Para la Responsabilidad Penal del Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en Aplicación de la ley más favorable, DECRETA POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, seguida a las ciudadanas IDENTIDAD OMITIDA, (para el momento de los hechos), residenciada en el Barrio Pinto Salinas, Calle Principal casa Nº 18, Maturín Estado Monagas, RUTH MARY FIRERO, de 13 años de edad y AISLEN LISCANO, de 14 años de edad, se desconoce el domicilio de estas dos adolescente, por el delito de LESIONES LEVES, previstos y sancionados en el artículo 416 del Código Penal Vigente, conforme lo establecido en el Artículo 49 ordinal 8°, 300 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 561.....