Por los fundamentos antes expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: JUAN WINERSI VILLALBA ALMEIDA, de nacionalidad Venezolano, fecha de nacimiento 23-01-1982, de estado civil CASADO, de profesión u oficio MECÁNICO AUTOMOTRIZ, titular de la cédula de identidad Nº V-22.176.026, hijo de MARIA VILLALBA Y EDUARDO BERRIO, con residencia en el Sector Arca de Noe, vía San Isidro Casa S/N, color verde, a dos casas del Abasto de German, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por la presunta comisión DELITOS: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. en perjuicio de la ciudadana NAYELI DEL CARMEN URDANETA VIE.....