este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente proceso de PARTICION Y LIQUIDACIÒN DE COMUNIDAD CONYUGAL, incoado por el ciudadano ANGEL RODOLFO CARDOZO TORRES, en contra de la ciudadana YOLIMAR JOSEFINA SOTO DELGADO, declara: HOMOLOGADA y consumada la TRANSACCION efectuada en fecha veintiuno (21) de enero de 2011, por la ciudadana YOLIMAR JOSEFINA SOTO DELGADO, asistida por la abogada en ejercicio ELEIDA ROMAY BARRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 40.701 por una parte, y por otra parte el ciudadano ANGEL RODOLFO CARDOZO TORRES, asistido por el abogado en ejercicio OCTAVIO INCIARTE LUGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.505, con exclusión del inmueble identificado en el particular 1) y el vehículo descrito en el particular 2) del acuerdo de transacción, impartiéndole el car.....