D E C I S I Ó N
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda de COBRO DE BOLIVARES POR DAÑOS MATERIALES (Accidente de Tránsito), contra el ciudadano ANGEL SEGUNDO MONTIEL BOHÓRQUEZ y la sociedad mercantil TRANSPORTE Y SERVICIOS LA INMACULADA, CA. (TRANSLAINCA).
b) No hay costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
c) Notificar a las partes y/o apoderados judiciales, mediante boletas del presente fallo, ordenándose librar las mismas.
Publíquese. Notifíquese. Déjese copia certificada por Secretaría.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Concepción, a los veintidós (22) días del mes de febrero del año dos.....