Por los argumentos antes expuestos este JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, SUSPENDE EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado ROGELIO JOSÉ GONZÁLEZ SANGRONIS, portador de la cédula de identidad Nº 16.848.403, quien laboraba en la Panadería El Caca, ubicada en la avenida 5 con calle 15, detrás de la Ferretería La Gran Esquina, en los Puertos de Altagracia, Municipio Miranda, hasta tanto consigne nueva Oferta de Trabajo en la ciudad de Maracaibo, por haber incumplido con las obligaciones impuesta por ante este Juzgado e igualmente el patrono con la obligación de vigilancia y control del penado.- Regístrese la presente decisión y Notifíquese de esta decisión.-