Se dictó sentencia declarando PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano RAFAEL REYES RAGA contra la empresa SIDETUR, C.A. Se condena a la empresa SIDETUR, C.A a cancelar los intereses sobre las prestaciones sociales correspondientes a los meses de junio a diciembre de 1997 y abril de 1998, la cuales serán calculadas mediante una experticia complementaria del fallo. Se condena a la empresa SIDETUR, C.A al pago de las utilidades correspondientes al ciudadano RAFAEL REYES RAGA durante los años 1981, 1982, 1983, 1984, 1985, 1986, 1987, 1988, 1989, 1990, 1992, 1993, 1994, 1995 y 1996, las cuales deberán ser calculadas a razón de 15 días al año conforme a lo dispuesto en el artículo 174 del Ley Orgánica del Trabajo. Se ordena la corrección monetaria sobre las cantidades condenadas. No hay condenatoria en costas.