III. De la decisión de este Órgano Jurisdiccional:
Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA MATERIAL de este Tribunal para conocer de la presente demanda para la protección de intereses colectivos que ha incoado la Sociedad Mercantil IMPRESORA TÉCNICA DE VENEZUELA C.A. en contra del ESTADO VENEZOLANO.
SEGUNDO: SE DECLINA la competencia a la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de esta decisión.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
en la misma fecha siendo las 10.00am se dicto y publico sentencia que antecede quedando anotada bajo el No030