este Tribunal Declara como Únicos y Universales Herederos suficientes a los ciudadanos MARIA CHIQUINQUIRA VILLASMIL SOCORRO, MERLY MARINA VILLASMIL SOCORRO, OSMAN DE JESUS VILLASMIL y MILDRED ANET VILLASMIL SOCORRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-7.626.171, V- 7.626.195, V- 12.620.589 y V- 13.370.909, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, del causante OSMAN DE JESUS VILLASMIL - ASÍ SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese una copia certificada para el archivo del Tribunal, e igualmente se ordena expedir dos (02) copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada.
EL JUEZ:
Abg. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO
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