DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la demandada que por Diferencia de Prestaciones Sociales tiene incoada el ciudadano YORWUIN VILCHEZ PAZ, en contra de las Sociedades Mercantiles PRIDE INTERNACIONAL C.A., TRANSPORTES VIDAL C.A. y MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.