Por todos los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA OPOSICIÓN A LA MEDIDA DE SECUESTRO, incoado por el ciudadano RUBÉN PORTILLO JAIMES, en contra de la Sucesión del ciudadano EDGAR RAMÓN PETIT.