este Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del estado Bolivariano de Nueva Esparta de conformidad con lo previsto en el primer aparte del articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO incoado por el ciudadano RONALD JOSE PEREZ REAL en contra de entidad de trabajo DESARROLLO TURISTICO ISLA BONITA, C.A. quedando a salvo el derecho del actor a incoar nuevamente la presente acción conforme al criterio sustentado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Igualmente se deja constancia que la presente audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por una cámara de video manipulada por el técnico audiovisual ADAMS PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 10.350.778; se declara concluida la Audiencia de Juicio. Siendo las 10:26 a.m. Terminó, se leyó y conformes firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión.....