Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara el DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN EN CONTRA DE LA DEMANDA DE NULIDAD de conformidad con el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado.
TERCERO: No se condena en costas procesales dada la naturaleza del fallo.