Por los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano JESÚS ALBERTO CARIPA POLANCO contra la sociedad mercantil ALFARERÍA OJEDA, CA, (AOCA). En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar la suma de seis mil setecientos cincuenta y cinco bolívares con siete céntimos (Bs.6.755,07) por los conceptos laborales especificados anteriormente, así como también, sus intereses moratorios y ajuste o corrección monetaria, en la forma indicada en el cuerpo de este fallo.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena a la sociedad mercantil ALFARERÍA OJEDA CA, (AOCA), al pago .....