Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
La homologación del convenimiento celebrado en fecha trece (13) de diciembre de dos mil once (2011), entre el ciudadano JOSÉ ANTONIO RODRÍGUEZ CANDAMA, debidamente asistido por la profesional del derecho, ciudadana KARELIS HERNÁNDEZ, anteriormente identificados, por una parte y por la otra, el apoderado judicial de la parte actora, ciudadano FERNADO DAVID ATENCIO MARTÍNEZ, plenamente identificado en autos. Se da por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada