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Decisiones del dia 21/12/2004

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 00250 N° Sentencia : 46-2004 Fecha: 21/12/2004
Procedimiento:
Accidente De Transito
Partes:
EVELYN MALDONADO VS. MARÍA DELGADO Y OTRO
Resumen:
En consideración a todo lo expuesto y analizado, este Tribunal, en nombre de le República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda propuesta EVELYN SOFÍA MALDONADO VELAZCO DE TANABE, con cédula de identidad N° 7.855.121, en contra de MAURICIO JOSÉ DELGADO MONTERO y MARIA DEL PILAR DELGADO FERNÁNDEZ, con cédulas de identidad N° 4.521.274 y 13.554.961, respectivamente, todos domiciliados en Maracaibo y SIN LUGAR la RECONVENCIÓN incoada por éstos en contra de la actora EVELYN SOFÍA MALDONADO VELAZCO DE TANABE. En consecuencia, este Tribunal condena a MAURICIO JOSÉ DELGADO MONTERO y MARIA DEL PILAR DELGADO FERNÁNDEZ, solidariamente, a pagar a la ciudadana EVELYN SOFÍA MALDONADO VELAZCO DE TANABE, la cantidad de UN MILLÓN OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS BOLÍVARES (BS. 1.863.700) por los conceptos explicados en el libelo de la demanda.
Juez/Ponente:
Neudo Ferrer González
Organo:
Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 00835 N° Sentencia : 45-2004 Fecha: 21/12/2004
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
INVERSIONES DOBLE V C.A. VS. FERRETERÍA ACRILACA C.A.
Resumen:
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Desalojo intentada por la Sociedad Mercantil INVERSIONES DOBLE V C.A., en contra de la Sociedad de Responsabilidad Limitada FERRETERÍA ACRILACA, por lo que se ordena el pago a cargo de la demandada de la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 3.200.000,oo), por concepto de los cánones vencidos y no pagados, y la correspondiente entrega al actor de la totalidad del inmueble arrendado, suficientemente identificados en los autos. SEGUNDO: SIN LUGAR la Reconvención propuesta por la Sociedad de Responsabilidad Limitada FERRETERÍA ACRILACA, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES DOBLE V C.A. TERCERO: SE CONDENA en costas a la demandada reconvini.....
Juez/Ponente:
Neudo Ferrer González
Organo:
Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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