DECISIÓN
Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JOSE ANTONIO CASIQUE BARRIOS y DEXY ROSARIO PIÑA RODRIGUEZ, de fecha veintiuno (21) de octubre de mil novecientos ochenta y nueve (1989), por ante el Registro Civil de la Parroquia Los Puertos de Altagracia del Municipio Miranda del estado Zulia, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio No. 40. Así se decide.
Publíquese. Regístrese.
Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en .....