Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Se designa como nueva curadora del ciudadano WILMER JOSE MENESES FARIAS, a su hermana la ciudadana FANNY DEL VALLE MENESES FARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.980.032; por lo tanto el inhabilitado queda sometido al régimen legal de representación y protección de sus bienes, bajo la administración y guarda de la misma. SEGUNDO: Queda obligada la curadora a cuidar del inhábil, siendo su primera obligación la de velar por la recuperación de su salud; así como también todas las inherentes a su alimentación, vestidos y cuidados necesarios. TERCERO: El presente decreto deberá igualmente registrarse y publicarse en la forma prevista en los artículos 414 y 415 del Código Civil. De lo cual debe.....