En razón de lo expuesto este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACIÓN anunciado por la Abogada SULIMA BEYLOINE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.377.841, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°30.067, en su carácter de Apoderada Judicial de SEGUROS GUAYANA C.A; contra la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha Veintiséis (26) de Octubre de 2018, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 312 y el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, Diarícese, regístrese, déjese copia, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y librase oficio de remisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho d.....