este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GÓMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA las anteriores actuaciones Título Suficiente para asegurar su condición como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida ciudadana ANA CARMEN DEL VALLE RIVAS SANABRIA, a los ciudadanos CÉSAR FERNANDO OBANDO RIVAS, ANA MILAGROS DEL VALLE OBANDO RIVAS y BEATRIZ ELENA OBANDO RIVAS, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.116.402, V-20.536.521 y V-24.105.354, respectivamente, domiciliados en la Calle Virgen del Carmen, Casa N° 10, La Asunción, Municipio Arismendi del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en su condición de hijos de la mencionada finada.-
De conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil se.....