PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, incoado por el ciudadano PEDRO JOSE MEDINA BLANCO contra la providencia administrativa No. 00187 de fecha 24 de Abril de 2015, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia, sede General Rafael Urdaneta, Expediente Administrativo N° 040-2014-01-00433, en la que se declaró "Con Lugar la Solicitud de Calificación de Falta y Solicitud de Despido incoada por la entidad de trabajo LACTEOS LOS ANDES, C.A., en contra del ciudadano PEDRO JOSE MEDINA BLANCO".-
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte recurrente de la nulidad del acto administrativo..
TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, según lo establecido en el artículo 111 del Decreto No. 2.173 Con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFIQUESE.