En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, formulada por los ciudadanos ANGEL MIGUEL SALAZAR GOMEZ y ARACELIS AMELIA GONZALEZ BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 15.148.699 y 16.931.154 respectivamente con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 20.06.2007 ante el Registro Civil de la Parroquia Las Minas, Municipio Baruta del estado Miranda. Así se Decide.
No hay condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sell.....