Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara los siguientes pronunciamientos: 1° ACORDAR LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR DE CAUCIÓN PERSONAL impuesta a los imputados JAIME ANTONIO RODRIGUEZ ROMAN, Venezolano, Natural de Lagunillas, Estado Zulia, de 53 años de edad, Fecha de nacimiento 18-02-55, Concubino, profesión u oficio mecánico, Portador de la C.I.4159552, hijo de los ciudadanos: José Rodríguez y Renata Román, domiciliado en la Avenida 44 entre O y P entrando por los tanques Iso Ojeda numero 2 casa numero 3, Ciudad Ojeda Municipio Lagunillas, y MARIA FLORENTINA BARBOZA, Venezolana, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 47 años de edad, Fecha de nacimiento 24-07-62, Concubina, profesión u oficio del hogar, Portador de la C.I.7.821.099, hija de los ciudadanos: Ed.....