En este estado este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Lagunillas Simón Bolívar, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE: PRIMERO: El TREINTA POR CIENTO (30%) de Sueldo o Salario que percibe el demandado ALEXANDER JESÚS JOVES TORRES, titular de la cédula de identidad Nº V-8.701.772, como trabajador al servicio de la Empresa SCHLUMBERGER. SEGUNDO: El TREINTA POR CIENTO (30%) de las Utilidades, Liquidas y Bono Vacacional para el presente año 2.006, que devenga el demandado ALEXANDER JESÚS JOVES TORRES, antes identificado como trabajador al servicio de la Empresa SCHLUMBERGER.- Las cantidades de dinero embargadas sobre el Sueldo o Salario, deberán ser entregadas directamente a la demandante ciudadana RUDITH GREGORIA MORLE JIMÉNEZ, titular de la cédu.....