Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley INSTA a los ciudadanos ELIZABETH VIRGINIA PIRELA CASTILLO DE CHACIN y CARLOS PIRELA CASTILLO, ALBERTO PIRELA CASTILLO, IRASEMA PIRELA CASTILLO y ROSA PIRELA CASTILLO, venezolanos, mayor de edad, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-5.837.456, V-4.756.149, V-4.992.614, V-5.168.049 y V-5.837.455, respectivamente; a que de manera conjunta presente escrito contentivo de los límites y medidas del inmueble distinguido con el N° 2 A-108 ubicado en la calle 85C, antes Boconó, en la parroquia Santa Lucía del Municipio Maracaibo, a tenor de lo estipulado en el convenimiento suscrito por todos los mencionado en fecha 29 de enero de 2014.
De conformidad con lo establecido en el artículo 283 ejusdem, no hay condenator.....